Para poder introducirnos del todo en el mundo de las finanzas debemos ir poco a poco, pasito a pasito… por ello he decidido empezar conociendo alguno de sus conceptos. Como por ejemplo, el que hoy describo: el INSIDER TRADING.
Comenzaremos con una breve definición sacada de la enciclopedia:
"Práctica prohibida por Ley por algunas bolsas consistente en comprar o vender, según informaciones secretas, sobre ciertos valores, que se obtienen por la presencia de cargos de responsabilidad, o por confidencias recibidas desde el interior de las empresas.”
"Práctica prohibida por Ley por algunas bolsas consistente en comprar o vender, según informaciones secretas, sobre ciertos valores, que se obtienen por la presencia de cargos de responsabilidad, o por confidencias recibidas desde el interior de las empresas.”
Para los que necesiten una traducción, se trata de un conspirador, de un chivato, de un infiltrado... que trasmite información privilegiada a la competencia con el fin de tener unos beneficios asegurados. Pero vayamos más profundamente….
El insider trading es la negociación, en el mercado de valores, haciendo un uso indebido de información privilegiada. Esta información, la mayoría de las veces, está en posesión de los administradores de las sociedades cotizadas y quienes les prestan servicios de inversión o de asesoría.
Esta práctica daña la confianza de los inversores, les hace percibir la falta de igualdad que supone que unos negocien con informaciones relevantes para la cotización de las que no disponen los demás inversores. Por esta misma razón se prohibe negociar con información privilegiada, para poder proteger la integridad del mercado.
Ahora bien… debemos saber diferenciar entre una información privilegiada y otra que no lo es.
Una información es privilegiada cuando su divulgación haría variar la cotización de los valores a los que la información se refiere. Destacan tres notas de este tipo de información: en primer lugar se debe tratar de una información reservada que no ha sido hecha pública; en segundo lugar debe ser una información concreta, es decir, que los simples rumores no constituyen información privilegia; y en tercer lugar debe tener la relevancia de ser capaz de influir sobre la cotización del instrumento al que se refiere.
La ley prohibe preparar o realizar operaciones sobre los valores afectados por la información privilegiada, pero además, prohibe comunicar la información a un tercero, ya sea un familiar, un amigo u otra persona, haciendo que sea ésta quien realice la negociación.
La información privilegiada que no se difunda al mercado debe ser protegida mediante especiales medidas de seguridad. En particular, los emisores de los valores objeto de la información privilegiada tienen la obligación de limitar el conocimiento de dicha información a aquellas personas a las que resulte imprescindible. Con este fin deben llevar, para cada operación en curso, un registro de iniciados, quienes deben de ser advertidos de su deber de confidencialidad y de la prohibición del uso de la información. Además, deben evitar a toda costa que la información privilegiada sea conocida por otras personas.
Los abusos de información, como todo en esta vida, tienen consecuencias. Las sanciones son severas. Al infractor se le sanciona con multas que pueden llegar a alcanzar los 300.000 euros o cinco veces el beneficio obtenido. Pero los casos más graves de insider trading, en los que la ventaja obtenida supere los 600.000 euros, se sancionan como delitos hasta con seis años de cárcel.
Pero no todas las personas pueden ser sancionadas, solo son sancionadas las personas que son conscientes del carácter privilegiado de la información que manejan. Por esta razón, no hay insider trading cuando operamos con meros rumores o con información escuchada por casualidad de personas que desconocemos.
Para ponernos aun más en situación, y conocer más acerca de los insider trading os comentare un caso de insider trading real, como es el de Martha Stewart.
Martha Stewart es una empresaria estadounidense, que formó un imperio con su negocio de estilo de vida y cocina. Su fortuna se estima en 628 millones de dólares.
Fue declarada culpable de conspiración, falso testimonio y obstrucción a la justicia en el año 2001, por haber usado información privilegiada al vender acciones de la empresa ImClone Systems. Cumplió condena en prisión donde permaneció durante meses realizando labores de limpieza. Tras salir de la cárcel en marzo de 2005, ha dedicado toda su atención a recuperar su imperio mediático y comercial.
¡Y esto es todo amigos! Espero que esto os sirva de ayuda, tanto, o más de lo que me ha servido a mí.
Hasta la próxima actualización.
¡DISFRUTADLO!
REFERENCIAS:
- http://www.cuentabancariaenusa.com.ar/diccionariodeinversionesi.htm
- http://rdmf.wordpress.com/2006/10/29/%C2%BFque-es-el-insider-trading/
- http://es.wikipedia.org/wiki/Martha_Stewart
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